La Unidad de Valor Tributario es la medida de valor establecida por el Gobierno de Colombia y calculada anualmente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, con el fin de simplificar los cálculos y obligaciones tributarias así como el pago de otras rentas del Estado.
A partir de del Plan de Desarrollo 2018-2022 la UVT se utiliza como base para el cobro de otras rentas estatales.
ARTÍCULO 48º. CÁLCULO DE VALORES EN UVT. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas, estampillas, presupuestos y costos estatales actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente, deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario -UVT a 2019. En adelante, las actualizaciones de estos valores también se harán con base en el valor de la UVT vigente.
La UVT en el año 2006 nace con la Ley 1111/2006 que modificó el Estatuto Tributario de Colombia y su valor inicial fue de $20.000.
La UVT la define la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN de Colombia.
La UVT se calcula anualmente ajustando el valor del año anterior por la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el DANE, en el período comprendido entre el 1 de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.
La UVT para 2021 se calcula tomando la variación del IPC del periodo comprendido entre el 1ero de octubre de 2019 y el 1ero de octubre de 2020, que sea certificada por el DANE y ratificada por la DIAN.
Para convertir la UVT a pesos hay que multiplicar el número de Unidades de Valor Tributario por el valor en pesos correspondientes a ese año. Por ejemplo si son 10 UVT y la UVT vale $36.308, se multiplica 10 x 36.308 = $363.080